1. INTRODUCCIÓN A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

1.9. GARANTÍA DE CALIDAD

"La UE y los estados miembros tienen el deber
de proteger la salud de los consumidores"

Para ello, entre sus cometidos se encuentra la elaboración de una legislación tendente a garantizar la máxima seguridad alimentaria, así como la inspección de los sistemas de control aplicados. pero, además, en muchas ocasiones, a estos controles obligatorios se suman garantías adicionales específicas.

LOS SELLOS DE CALIDAD

Como complemento de los controles obligatorios, cada vez más empresas de alimentación aplican, de forma voluntaria, sistemas de control de calidad propios: siguen un Reglamento interno exigente, cuyo cumplimiento es supervisado y certificado por una firma auditora externa, y se cuenta, además, con la labor de verificación de laboratorios independientes, encargados de tomar y analizar muestras.

Estos controles adicionales, sumados a los requeridos por la Ley, tienen como resultado una oferta de alimentos que brindan al consumidor unas garantías de calidad muy específicas, acordes con los parámetros que se hayan considerado en su producción, transformación y elaboración.

Dentro de esta categoría, se encuentran los productos amparados por certificaciones de calidad de empresas concretas o intersectoriales; así como las etiquetas de calidad avaladas por Consejos Reguladores como:

  • Denominación de Origen Protegida (DOP)
  • Indicación Geográfica Protegida (IGP)
  • Especialidad Tradicional Garantizada (ETG)
  • “Agricultura Ecológica”
Índice   Anterior Arriba Siguiente   Cerrar ventana