4. LEGISLACIÓN DE CARACTER GENERAL DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

4.1. INTRODUCCIÓN

La Legislación alimentaria es el conjunto de regulaciones reglamentarias o de obligado cumplimiento que han recibido su reconocimiento oficial mediante disposiciones legislativas publicadas en medios de difusión oficial. Entiendo que la seguridad alimentaria pretende ser:

Una exigencia debido al derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud. Y al deber de la administración de garantizar la seguridad de los alimentos: Por su consideración de productos de consumo habitual y por la relación directa entre alimentación y salud

En la Constitución española aprobada por las cortes es sesiones plenarias del congreso de los diputados y del senado celebradas el 31 de octubre de 1978, reconoce:

Artículo 43

“Se reconoce el derecho a la protección de la salud”

Artículo 51

1.- “Los poderes públicos garantizaran la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos”.

2.- “Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que pueden afectar a aquellos, en los términos que la ley establezca”.

3.- “En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales”.

En 1962 se publica el Codex Alimentarius, programa conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarias. Se indican los requisitos que han de satisfacer los alimentos con objeto de garantizar al consumidor un producto sano y genuino, no adulterado y que esté debidamente etiquetado y presentado.

En el año 2000 se publica el Libro Blanco sobre seguridad alimentaria con el fin de:

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